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Si un hombre -o dijo una persona- fisgoneara tus asuntos sin tu permiso, y al percatarte de él, le lanzaras una piedra para disuadirlo y esta piedra le diera en el ojo, no habrías cometido pecado alguno al hacerlo.
Si un hombre -o dijo una persona- fisgoneara tus asuntos sin tu permiso, y al percatarte de él, le lanzaras una piedra para disuadirlo y esta piedra le diera en el ojo, no habrías cometido pecado alguno al hacerlo.
De Abu Huraira, Al-lah esté complacido con él, que el Mensajero de Al-lah, la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, dijo: “Si un hombre -o dijo una persona- fisgoneara tus asuntos sin tu permiso, y al percatarte de él, le lanzaras una piedra para disuadirlo y esta piedra le diera en el ojo, no habrías cometido pecado alguno al hacerlo”.
[Hadiz auténtico (sahih)] [Registrado por Al-Bujari y Muslim]
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El Mensajero de Al-lah, la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, dijo que si una persona fisgoneara los asuntos de otra sin su permiso, desde detrás de la puerta o por encima de la pared de su casa, etc. y le lanzara una piedra para disuadirla y esta piedra le diera en el ojo, o si le da con un objeto metálico en el ojo, la persona que haya infringido ese daño no habría cometido pecado alguno ni está obligada a compensar al fisgón, puesto que este es quien ha empezado y quien ha cometido un delito al querer saber los asuntos privados de los demás.