إعدادات العرض
1- Quien venda palmeras que ya ha podado y polinizado para que den su cosecha, sus frutos son del vendedor, a excepción de que el comprador lo ponga como condición para ejecutar la compra.
2- Que el Mensajero de Al-lah, Él le bendiga y le dé paz, autorizó la venta del fruto (dátiles o uvas) aún sin cosechar por su semejante ya seco en una cantidad de 653 kg o menos.
3- Que el Mensajero de Al-lah, Él le bendiga y le dé paz, le autorizó al propietario de la cosecha anual de la palmera datilera venderla por su estimación equivalente.