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Dad a los herederos legítimos la parte que les corresponde por ley de la herencia. Lo que sobre dádselo a los parientes varones más cercanos al difunto.
Dad a los herederos legítimos la parte que les corresponde por ley de la herencia. Lo que sobre dádselo a los parientes varones más cercanos al difunto.
De Abdullah Ibn Abbas, Al-lah esté complacido con ellos dos, que el Mensajero de Al-lah, Él le bendiga y le dé paz, dijo: “Dad a los herederos legítimos la parte que les corresponde por ley de la herencia. Lo que sobre dádselo a los parientes varones más cercanos al difunto”. En otro relato, que dijo: “Repartid la herencia entre los herederos legítimos reconocidos en el Libro de Al-lah. Lo que sobre dádselo a los parientes varones más cercanos al difunto”.
[Hadiz auténtico (sahih)] [Registrado por Al-Bujari y Muslim]
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El Mensajero de Al-lah, Él le bendiga y le dé paz, ordena a los responsables del reparto de la herencia repartirla con justicia entre los herederos legítimos reconocidos en el Libro de Al-lah, Ensalzado sea. Así, se les otorgará a los herederos legítimos la parte que les reconoce el Libro de Al-lah: desde los dos tercios a un solo tercio, sexto, mitad, cuarto o un octavo. Lo que sobre después de dicho reparto, habría que dárselo a los parientes varones más cercanos al difunto, los llamados “usbah”.